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Derechos Humanos en el Internet

Derechos Humanos en el Internet

El surgimiento y masificación del Internet ha supuesto una importante transformación para la sociedad. Ha cambiado los ámbitos económico, político y social, y se ha posicionado como un medio de comunicación abierto y universal, que fue capaz de generar una verdadera globalización de la sociedad. Se trata de un espacio donde las personas se comunican, interactúan y se reúnen. Es una herramienta que permite a los individuos, comunidades, instituciones u organizaciones llevar a cabo una gran diversidad de actividades en todas las áreas de desarrollo profesional, social y humano (Salazar Jaramillo, 2014).

El hecho de que las personas convivan en el Internet como un espacio en el que interactúan de manera constante tiene como irremediable consecuencia que diversos aspectos de la vida tengan que adaptarse y aplicarse a las nuevas dinámicas de interacción que surgen. Uno de estos aspectos es el relacionado con el disfrute, garantía y protección de los derechos humanos.

El Internet se relaciona de múltiples formas con los derechos humanos. Por un lado, se trata de un potenciador y facilitador de ellos, pues como medio de comunicación permite una mayor expresión de las ideas, mejorar la asociación con otras personas, hacer más eficiente el acceso a la información, entre otros beneficios. Por otro lado, también se posiciona como un medio por el cual se abusa o vulneran algunos derechos humanos, como el derecho a la intimidad o a la protección de datos personales. Asimismo, el acceso a Internet es por sí mismo un derecho humano, reconocido por varios países y por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) (Internet Society, 2015).

A nivel internacional el derecho humano al Internet y los derechos humanos en el Internet fueron reconocidos desde hace ya varios años; sin embargo, su reconocimiento explícito por parte de la ONU supuso un parteaguas para su posterior tratamiento a nivel local. Esto ocurrió de manera formal hasta 2018, cuando el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas aprobó una resolución para la promoción y protección de los derechos humanos en el Internet (Consejo de Derechos Humanos, 2018).

En dicho documento se indica que el acceso a Internet deberá ser considerado un derecho básico de todos los seres humanos y, en consecuencia, se anima a todos los países a proveer a sus ciudadanos el acceso libre a la red y condena a los Estados que atentan contra esta libertad. Además, establece de manera explícita que “los mismos derechos que tienen las personas offline deben ser protegidos online”, y hace especial énfasis en lo que refiere a la protección de la libertad de expresión y la seguridad de los datos en el Internet. La resolución también establece que los Estados deben procurar perseguir todas las violaciones de derechos humanos que surjan en el espacio digital y los abusos que se cometan contra las personas (Consejo de Derechos Humanos, 2018).

Si bien esta resolución entró en vigor en 2018, en México el derecho de acceso al Internet se encuentra contemplado desde 2013. El 22 de mayo de dicho año la Comisión Permanente del Congreso de la Unión aprobó una reforma constitucional en materia de telecomunicaciones, por medio de la cual se reformuló parte del artículo sexto para añadir la obligación del Estado de garantizar a la población su integración a la sociedad de la información y de que se presenten los servicios públicos de telecomunicaciones en condiciones de competencia, calidad, cobertura universal, acceso libre, entre otras consideraciones (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1917).

Entre los derechos que más han sido estudiados por las diversas implicaciones que supone su traslado al ámbito digital se encuentran el derecho a la libertad de expresión y a la información y los derechos a la privacidad y la protección de datos. Es claro que la masificación del Internet ha tenido importantes efectos en la forma en que las personas se expresan y la cantidad de información a la que pueden acceder; por ello se han estudiado las diversas dinámicas que se suscitan en línea para determinar qué implicaciones tiene estos derechos cuando se manifiestan de manera online (Derechos en Internet, 2021).

En Internet, el derecho a la libertad de opinión y expresión supone la garantía y presencia de otros derechos derivados. En primer lugar, la libertad de protesta en línea, pues se asume que toda persona tiene el derecho a utilizar el Internet para organizarse y participar en propuestas fuera o dentro de este espacio digital. En segundo lugar, implica contar con libertad ante la censura, ya que se considera que los individuos tienen el derecho a utilizar Internet sin limitación de ningún tipo. Sin embargo, estos puntos no deben entenderse de forma ilimitada, sino que supone comprender que la presencia de ambas libertades incluye también la creación de medidas que eviten y sancionen a los usuarios de internet que se dedican a la intimidación, a los ataques cibernéticos o al acoso en línea (Derechos en Internet, 2021; Internet Rights & Principles Coalition, 2015).

En lo que refiere al derecho a la información, se presupone que las personas tienen el derecho de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas por medio del Internet. Además, el Internet se ha convertido en un medio para garantizar de manera más oportuna el derecho al acceso a la información pública, pues permite que se realicen solicitudes de forma más expedita y que los organismos públicos liberen la información solicitada de manera oportuna y accesible a todos (Derechos en Internet, 2021; Internet Rights & Principles Coalition, 2015).

Uno de los aspectos que más debate ha suscitado en los últimos años sobre el derecho a la libertad de expresión y a la información en Internet es la libertad que existe frente al discurso de odio. El anonimato que proporciona el espacio digital suele ser un medio propicio para realizar ataques o descalificaciones hacia un determinado individuo o institución. Se ha concluido que las creencias y opiniones que las personas expresan en línea deben ser respetadas, sin perjuicio de que se impongan ciertas limitaciones a la libertad de expresión cuando estas opiniones causen un daño grave a los derechos humanos de los demás. Se trata de una medida que debe utilizarse para la protección de los individuos y grupos de personas, no para el cuidado de sujetos abstractos o instituciones (Derechos en Internet, 2021; Derechos Digitales, 2015).

En lo que respecta al derecho a la privacidad, se considera que los Estados deben contar con legislación que establezca mecanismos para la protección de la privacidad y datos personales de los ciudadanos en el Internet. México ya cuenta con algunos instrumentos legales para realizarlo; no obstante, se requiere de mayores medidas que contemplen los últimos avances tecnológicos y los más recientes peligros que existen para estos derechos (Derechos en Internet, 2021; Derechos Digitales, 2015).

La protección del derecho a la privacidad y de los datos personales en Internet es una labor complicada; en primer lugar, debido a los constantes avances científicos que no son contemplados en las legislaciones; en segundo lugar, por la gran cantidad de datos que se manejan y; en tercer lugar, por la falta de definición de una jurisdicción clara cuando se cometen sanciones en línea. Actualmente existe una gran cantidad de asociaciones que se dedican al estudio de la privacidad y la protección de datos en Internet, por lo que es menester que los Estados recurran a ellas para mejorar los mecanismos que garanticen la protección de estos derechos (Derechos en Internet, 2021; Derechos Digitales, 2015).

Dos prerrogativas derivadas del derecho a la privacidad y la protección de datos en línea son el derecho a la personalidad virtual y la libertad ante la vigilancia. Sobre el primero, los avances tecnológicos han permitido que gran parte de las personas cuenten con elementos de identificación personal que únicamente existen de manera digital, como las firmas electrónicas, los nombres de usuario, contraseñas, entre otros. El derecho a la privacidad y protección de datos debe comprender la protección y respeto a esta personalidad virtual, a fin de que esta información no se utilice sin el consentimiento del propietario y no se utilice en detrimento de los demás. Por su parte, la libertad ante la vigilancia supone el derecho del individuo a comunicarse con otros sin vigilancia interceptación que se realice de forma arbitraria (Derechos en Internet, 2021; Derechos Digitales, 2015).

Los derechos la libertad de expresión e información y a la privacidad y protección de datos son dos de los derechos humanos cuya dinámica online se ha estudiado a mayor detalle; esto, por las diversas implicaciones que el surgimiento del Internet tuvo para ellos. Por un lado, permitió y potenció su disfrute y por el otro, implicó el surgimiento de nuevas amenazas a los mismos. Sin embargo, no son los únicos. Muchos otros derechos humanos se han trasladado al ámbito digital y han generado implicaciones especiales, como la libertad religiosa y de creencias, la libertad de asociación, el derecho a la no discriminación, al trabajo online, a la participación política, la protección de la infancia, entre otros.

Sería complejo intentar resumir las implicaciones que tiene cada uno para su disfrute y protección en Internet. Es tal la importancia de su estudio que asociaciones internacionales como Derechos en Internet, Derechos Digitales América Latina, Internet Rights & Principles Coalition o Internet Society han generado documentos donde buscan establecer buenas prácticas y principios que guíen el tratamiento de los derechos humanos en la web. Aún se requieren mayores estudios, que permitan generar mecanismos más eficaces que garanticen su disfrute, respeto e instituyan sanciones ante su violación.

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Bibliografía:

Consejo de Derechos Humanos (6 de julio de 2018). Promoción, protección y disfrute de los derechos humanos en Internet [en línea]. Recuperado de: https://ap.ohchr.org/documents/S/HRC/d_res_dec/A_HRC_38_L10.pdf

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federación. 5 de febrero de 1917. Texto vigente. Última reforma del 28 de mayo de 2021.

Derechos Digitales América Latina (2015). Latin américa in a glipse. Derechos humanos y la Internet. Brasil: Derechos Digitales América Latina, Asociación para la protección de las Comunicaciones.

Derechos en Internet (2020). Guías de los derechos humanos en Internet, Derechos fundamentales [en línea]. Recuperado de: https://derechosenin
ternet.com/

Internet Rights & Principles Coallition (2015). Carta de derechos humanos y principios para internet [en línea]. Recuperado de: https://www.palermo.edu/cele/pdf/Carta-de-Derechos-Humanos-y-Principios-para-Internet-en-Es
panol.pdf

Salazar Jaramillo, R. (2014). Derechos Humanos en el Internet, Derecho y Realidad, (24): 279 – 288.

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