“Entender el sistema para poder criticarlo: la necesidad de una reforma intelectual.”
Emilio Alejandro Guzmán de la Guardia
Abogado penalista. Maestro en Derecho Corporativo por Rome Business School. Premio CENEVAL.
Mucha tinta se ha gastado en las modificaciones que nuestro sistema de impartición de justicia presentó en los últimos años. Sería deshonesto verter obviedades al respecto cuando pareciera que se agotaron las opiniones sobre el impacto que ello tiene en el día a día de aquellos que ejercemos el sacerdocio de la norma, y con toda razón pues, las repercusiones no son pocas. Sin embargo, más allá del claroscuro que una reforma de tal magnitud conlleva, no advierto que la conversación gire en torno a las justificaciones que llevaron a ella. Quizá hemos discutido demasiado sobre su implementación y no lo suficiente sobre si la causa pudiera ser atendida de otra forma.
Dentro de los innumerables debates que surgieron desde que la propuesta fue concebida, se señaló como punto toral la mala imagen que el Poder Judicial generaba en la ciudadanía como el motivo principal para la institución de nuevas dinámicas que otorgaran confianza al público en general. En ese sentido, era necesario analizar a ciencia cierta los orígenes de esa desconfianza y no solamente encuestar al ciudadano promedio con: “¿Usted confía en las instituciones jurisdiccionales?”.
Aquellos que tenemos la fortuna de laborar en, discutiblemente, una de las dos profesiones más importantes para el ser humano, nos vemos en la necesidad de actualizar nuestra expertise para tener un dominio considerable del sistema. Sin embargo, no ocurre lo mismo con el cuerpo civil y ello genera que sus decisiones se vean sesgadas por el desconocimiento de las reglas y funciones de las dinámicas jurisdiccionales. En los asuntos particulares esto se ve protegido por el derecho a la asesoría jurídica o la defensa, sin embargo, cuando son temas de interés público como, digamos, una reforma, no hay un mecanismo imparcial que a ciencia cierta informe a los ciudadanos sobre los genuinos aciertos y vicios que se generan con una u otra decisión. Si bien el sistema siempre es perfectible, es también necesario estudiar profundamente todo aquello que tuviera apariencia de deficiencia.
Desde el ágora se discuten casos mediáticos y se emiten juicios paralelos; la condición humana es así, y resulta incluso necesario que el colectivo gobernado se manifieste. La opinión pública no necesita ser jurídicamente especializada para ser legítima; lo que sí necesita es contar con información suficiente para distinguir entre una decisión jurídicamente posible y una decisión arbitraria, de lo contrario corre el riesgo de transformarse en presión social, la cual es extremadamente sencilla de redirigir hacia fines parciales e incluso políticos; la historia sostiene esto una y otra vez.
Cabe recalcar que la pretensión no radica en que cada ciudadano sea jurisconsulto; resulta inverosímil y ambicioso que el soberano colectivo se empape de lo que a muchos nos lleva una vida siquiera humedecernos; sino que resulta intrigante advertir que la crisis de legitimidad deriva de una fractura entre la decisión jurisdiccional y la comprensión social de aquella. La desconfianza en las instituciones no se resuelve cambiando la forma de elegir a los servidores públicos; lo verdaderamente necesario es cambiar la forma en que la sociedad entiende su actuar, y así poder justificarlo (aunque moralmente sea a regañadientes) o emitir un reclamo con fundamento en mano.
Si la efracción se encuentra entre la emisión de la decisión jurisdiccional y la asimilación intelectiva de esta por parte del tejido social, quizá la respuesta no radique únicamente en la modificación del Poder Judicial, sino en construir un puente que permita a cualquier persona digerir los razonamientos de la persona juzgadora para, entonces sí, determinar si existe un sesgo o si la codificación genuinamente imposibilitaba una determinación que pareciera evidente.
La Suprema Corte ya ha contemplado mecanismos para la llamada “Justicia Abierta”[1], sin embargo, estos residen en el interés de cada uno de nosotros para indagar. Un lenguaje claro y accesible en las sentencias sin duda es benéfico para la culturización jurídica de manera generalizada; empero, pasa por alto que, para consultar un fallo redactado en lenguaje accesible, primero se requiere la búsqueda activa del texto, depositando en el ciudadano la labor de informarse y exigiendo que tome decisiones y participe en la esfera pública incluso si no se encuentra informado.
¿Qué pasaría si por norma se difundieran cápsulas que muy brevemente explicaran los conceptos clave y mecanismos del sistema? La justicia no debería asumir que todo ciudadano acudirá voluntariamente a una plataforma jurídica a revisar las versiones públicas de las sentencias. En un mundo tan digitalizado, moderno y con constantes bombardeos de información por todos los medios posibles ¿qué pasaría si se usaran esos vehículos en una aspiración noble como el que el pueblo tenga nociones suficientes para emitir opiniones informadas? Si la televisión abierta alguna vez fue concebida como instrumento de acceso general a la información, nada impediría utilizar espacios breves para explicar conceptos tan cotidianos como la presunción de inocencia, la prisión preventiva, la vinculación a proceso, el sobreseimiento o el principio non bis in idem. No se trata de enseñar derecho, se trata de educar sobre cómo vivir en un Estado de derecho.
La transparencia pasiva es efectiva, pero descansa en la voluntad específica del gobernado letrado e interesado. La propuesta es que el Estado no solo ponga a disposición la información, sino que, a través de una pedagogía jurídica activa, se traduzca, proyecte y difunda el fenómeno jurídico en el espacio cotidiano. En un país tan ideológicamente polarizado como lo es México, sería interesante que las corrientes de ideas fueran defendidas y discutidas con el mismo fervor de ahora, pero con un bagaje mucho más estructurado y sólido.
Hay un peligro sociológico inherente a una ciudadanía que no alcanza las nociones más básicas para sostener decisiones que cambian el rumbo de la nación entera. La demagogia y el populismo moldean la conciencia colectiva al tildar cualquier formalismo procesal de “corrupción”, cuando en realidad pudiera tratarse del cumplimiento del estricto derecho y un respeto a la taxatividad de la norma. Quien no comprende la arquitectura del debido proceso es proclive a aceptar soluciones demagógicas que prometen resultados rápidos a costa de la erosión de derechos fundamentales.
La desinformación jurídica es el abono sobre el que florece la vindicta pública. El tribunal social dicta sentencia en minutos basándose en fragmentos narrativos, piezas mediáticas, videos de quince segundos e imágenes tendenciosas, mientras que el juez debe fallar conforme a un expediente estructurado y un código que de manera acertada limita su facultad ante requisitos sumamente específicos. Si la sociedad no comprende esta disparidad temporal y metodológica, la sentencia judicial siempre parecerá insuficiente, tardía o ilegítima.
Este peligro sería mitigado si la desinformación fuera la excepción y no el status quo. Las ideas son poderosamente infecciosas. Lo que confiere a las instituciones y a los estudiosos cierta responsabilidad moral de instrumentalizar la memética para alcanzar objetivos en beneficio de la sociedad. El conocimiento, sobre todo cuando impacta en la vida pública, no debe reservarse; no hay progreso sin una sociedad intelectualmente progresiva. La alfabetización jurídica representa un pilar democrático imprescindible, y el conocimiento básico del derecho no debe caer en un monopolio del gremio jurista o en un privilegio académico; debe ser un prerrequisito para el ejercicio de la ciudadanía. Así como la salud pública educa sobre prevención primaria sin pretender convertir a cada ciudadano en médico, la administración de justicia debe educar en conceptos de fondo para garantizar la salud democrática.
Invito a que imaginemos cómo sería un ecosistema de traducción y difusión institucional. ¿Con dos clics abriríamos un debate social mucho más nutrido y las cápsulas institucionales serían tan virales como los videos recreativos? ¿En una imagen refrescaríamos la memoria ciudadana para que no se precipite una decisión y adviertan las vicisitudes de un caso determinado? ¿La polarización sería mitigada y el diálogo se orientaría a lo genuinamente relevante?
La trinchera de la independencia judicial no reside únicamente en blindajes constitucionales o en el hermetismo corporativo del ente jurisdiccional, sino en una capacidad ciudadana de entender el razonamiento del fallo. Reside en distinguir las funciones y limitaciones de la autoridad ministerial, la defensa, y la persona juzgadora.
Solo quien comprende la función de la toga y el mallete, el sentido de la norma y sus alcances puede salir a defender la autonomía del juez. Pretender transformar la justicia alterando únicamente la cúpula institucional, mientras se abandona el entendimiento del pueblo a la deriva de la demagogia, no es una reforma: es una ilusionista maniobra de distracción. Si en verdad aspiramos a un Estado de derecho maduro, la verdadera revolución no será de decretos ni de urnas, sino de pedagogía, porque una ciudadanía que comprende el sistema no es una que deja de cuestionarlo: es una ciudadanía que, finalmente, está en condiciones de cuestionarlo mejor. Es hora de entender el sistema, enseñar a desmenuzarlo y, entonces sí, con el fundamento en la mano, exigir la justicia que nos merece.
Una democracia no necesita ciudadanos que confíen ciegamente en sus jueces. Necesita ciudadanos capaces de entenderlos y cuestionarlos. Porque antes de reformar la justicia, quizá primero debimos aprender a comprenderla.
[1] https://www.scjn.gob.mx/dialogos–justicia/hallazgos.html














