Zain Hamat Flores Cervantes.

Coordinador General del Centro de Capacitación Integral en Materia de Seguridad CIMS. Abogado de profesión, con amplia trayectoria en materia de seguridad, desempeñó importantes funciones de cooperación policial internacional, búsqueda y detención de fugitivos de la justicia extranjera

 

 

Una reflexión crítica sobre la responsabilidad en el ejercicio policial y las condiciones estructurales necesarias para una función ética y profesional.

 

 

En la función policial mexicana, la rendición de cuentas se practica con la misma precisión con la que se limpia un arma que no se piensa usar: se simula. El agente debe conocer los protocolos, aunque nadie se los haya explicado. Debe aplicar el uso racional de la fuerza, aunque el único racionalismo que conoce es el de sobrevivir su jornada. Y si falla, entonces sí: “todos actúan sorprendidos”. Se activan comités, se filtra el video y se redacta un boletín lleno de adjetivos democráticos. Rendición de cuentas no significa corregir el sistema, sino encontrar rápido al culpable de turno. Y así, el ciclo comienza de nuevo: el policía como sujeto de deber, nunca como sujeto de derecho.

El presente artículo propone una revisión crítica del concepto de rendición de cuentas en el ámbito policial, reconociendo tanto la responsabilidad individual del agente como las obligaciones estructurales del Estado para garantizar un ejercicio profesional, legal y ético de la función policial.

  1. El principio de rendición de cuentas como eje democrático

En la Carta Magna, el principio de rendición de cuentas está implícito en diversos preceptos que regulan el actuar de los servidores públicos (arts. 6º, 8º, 109 y 134, entre otros). Esta obligación se vincula estrechamente con los principios de legalidad, transparencia, eficiencia y respeto a los derechos humanos.

En el caso de la función policial, este principio cobra una importancia mayor. El uso de la fuerza, la detención de personas, el manejo de evidencia, entre otros actos, hacen de la rendición de cuentas no solo una exigencia jurídica, sino un imperativo ético. Siendo un aspecto tridimencional

  • Legal (cumplir con la norma);
  • Operativa (cumplir con la misión institucional); y
  • Ética (respetar la dignidad humana y actuar con integridad).
  1. ¿Dónde comienza y dónde termina la responsabilidad?

El discurso público y mediático tiende a centrar la responsabilidad en el “policía de calle”, ignorando que su actuar está condicionado por una serie de factores estructurales: falta de capacitación continua, ausencia de protocolos claros, precariedad laboral, presiones externas e incluso instrucciones contradictorias de los mandos.

Si bien todo servidor debe responder por sus actos, la responsabilidad institucional implica que el Estado proporcione condiciones para que dichos actos sean legales, eficaces y éticos. Cuando un elemento policial actúa de forma indebida, también debe analizarse si cuenta con:

  1. Directrices claras.
  2. Capacitación profesional actualizada.
  3. Supervisión efectiva.
  4. Equipamiento y condiciones laborales adecuadas.

Reducir la rendición de cuentas al castigo individual debilita la posibilidad de corregir las causas sistémicas del mal actuar y obstaculiza la mejora institucional.

  1. Elementos para una rendición de cuentas real.

Y aqui enumero los que considero, pilares para una correcta rendición de cuentas.

  1. Formación ética y profesional: Aquella que se sustenta en el ejemplo, , escenarios reales y retroalimentación constante. Priorizando la dignidad humana, el uso racional de la fuerza y los derechos humanos.
  2. Liderazgo ejemplar: El mando policial debe encarnar los valores que exige a su personal.
  3. Protocolos claros y evaluación operativa: Cada acción policial debe regirse por procedimientos claros, conocidos por el personal y auditables.
  4. Supervisión con enfoque preventivo: Previo al castigo, se debe supervisar para acompañar, corregir y formar.
  5. Participación ciudadana y transparencia: Los ciudadanos deben tener acceso a información, canales para denunciar y espacios de evaluación externa. Esto fortalece la legitimidad del trabajo policial.

La rendición de cuentas en la función policial no puede seguir entendiéndose como una reacción punitiva aislada. Debe constituirse como un sistema de responsabilidad multinivel, donde el agente, el mando, la institución y el Estado asuman sus deberes de manera coordinada y coherente.

Una policía preparada, es una policía que puede y debe rendir cuentas. De lo contrario, se perpetúa una simulación que erosiona la confianza ciudadana y vulnera el espíritu del servicio público.

Es momento de pasar del discurso a la praxis institucional. La rendición de cuentas no es una carga: es la garantía de la autoridad al servicio de la ciudadania.

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