Maestro Leonardo Fragoso Cruz

 

NEARSHORING EN MÉXICO ANTE LA POLÍTICA ARANCELARIA DE ESTADOS UNIDOS: OPORTUNIDADES Y DESAFÍOS.

El fenómeno del nearshoring —la relocalización de cadenas de suministro y producción más cerca del mercado estadounidense— había venido posicionado a México como un destino estratégico para la inversión extranjera. Sin embargo, la reciente política arancelaria de Estados Unidos, impulsada por la administración de Donald Trump y respaldada por diversos sectores del Congreso Norteamericano, ha generado incertidumbre económica, comercial y jurídica, desafiando las ventajas comparativas que México ofrece.

Tras las disrupciones en las cadenas globales de suministro provocadas por la pandemia de COVID-19, muchas empresas multinacionales buscaron acercar sus operaciones a mercados clave. México, con su ubicación geográfica privilegiada, mano de obra calificada y una red de tratados comerciales (en especial el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá – T-MEC), emergió como un destino natural para esta relocalización. Entre enero y septiembre de 2024, la inversión extranjera directa en México alcanzó niveles significativos, destacando la participación de empresas asiáticas y estadounidenses en sectores como el automotriz, electrónico y farmacéutico.

No obstante, la imposición de aranceles unilaterales por parte del gobierno estadounidense ha afectado directamente al entorno de negocios. La amenaza y cumplimiento a la imposición de aranceles del 25% a productos importados desde México en el sector del aluminio y automotriz principalmente, incluso cuando existen compromisos dentro del T-MEC, representa no sólo un obstáculo comercial, sino una violación al marco jurídico internacional que rige la relación entre ambos países.

Desde la perspectiva jurídica, este tipo de medidas puede dar lugar a controversias bajo el Capítulo 31 del T-MEC, que establece los mecanismos de solución de disputas entre Estados parte. México tiene la posibilidad de iniciar un procedimiento formal para impugnar la legalidad de las medidas arancelarias cuando se consideren discriminatorias o contrarias a lo pactado. Además, estas acciones podrían analizarse también bajo el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC), particularmente en relación con el principio de “nación más favorecida” y las normas sobre trato justo y equitativo, sin embargo la política de “cabeza fría” de la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, y el no responder  recíprocamente a la imposición de aranceles a productos de los Estados Unidos, al menos ha hecho que en los productos de tasa cero con que se comercia con el país del norte en el marco del T-MEC, parece ha dado resultados en el presente inmediato.

Bajo el contexto actual, se ha intentado incentivar fiscalmente a los sectores más afectados, promoviendo reformas a nivel legislativo para fortalecer la certeza jurídica mediante mecanismos como los contratos de inversión con cláusulas de estabilidad. El marco legal aplicable incluye también la Ley de Inversión Extranjera, la Ley Federal del Trabajo (por las obligaciones patronales que deben cumplir las empresas relocalizadas) y la Ley del Impuesto sobre la Renta (en lo relativo a deducciones aceleradas y estímulos a la capacitación).

A nivel nacional, diversos estados han emitido leyes de promoción económica e industrial para ofrecer seguridad jurídica, condiciones de infraestructura y mecanismos de resolución alternativa de controversias a los inversionistas.

A pesar de  dichas medidas, México enfrenta retos jurídicos importantes: la seguridad patrimonial de las inversiones aún depende del fortalecimiento del Estado de derecho; la protección de la propiedad industrial y de datos confidenciales — crucial en sectores como la electrónica o la biotecnología— sigue siendo un área en desarrollo; y las disputas laborales, derivadas de la reforma laboral implementada ya en cumplimiento del T-MEC, deben ser tratadas con altos estándares de legalidad para evitar sanciones o represalias comerciales.

Asimismo, la inversión extranjera debe cumplir con criterios de admisibilidad establecidos por la Secretaría de Economía y registrarse en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, en cumplimiento de la Ley correspondiente.

La política arancelaria estadounidense ha introducido un nivel de incertidumbre que afecta tanto a las empresas como a los gobiernos. La posibilidad de que se impongan nuevos aranceles o se revoquen los existentes complica la planificación legal y financiera de las empresas interesadas en el nearshoring. En este contexto, el diseño de estrategias jurídicas preventivas (como el uso de tratados bilaterales de inversión, cláusulas arbitrales internacionales y asesoría especializada en comercio exterior) se vuelve indispensable.

México tiene una oportunidad histórica, pero también la responsabilidad de garantizar un entorno jurídico claro, confiable y competitivo. La coordinación entre el sector público y privado, junto con la estabilidad normativa y la capacidad de respuesta institucional, determinarán si el nearshoring se puede aún presentar como motor de desarrollo económico o se diluye entre litigios comerciales y decisiones proteccionistas por parte de los Estados Unidos.

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