Zain Hamat Flores Cervantes

Coordinador General del Centro de Capacitación Integral en Materia de Seguridad CIMS. Abogado de profesión, con amplia trayectoria en materia de seguridad, desempeñó importantes funciones de cooperación policial internacional, búsqueda y detención de fugitivos de la justicia extranjera.

Se cuenta entre las filas de las academias policiales, un chiste donde la policía está buscando a un elefante que cometió un delito, en su búsqueda encuentran a un conejo, que empiezan a interrogar con algunos mecanismos de tortura, hasta que el conejo confiesa: ¡Por favor no sigan, yo soy el elefante, soy el elefante!

Con un poco de conocimiento, y no necesariamente jurídico, la gente sabe que esta analogía fue una paradoja del actuar policial en algún momento pasado, pero no muy lejano de nuestro presente. Y es que, el interrogatorio, ahora llamado entrevista (para los efectos procedimentales de la investigación), era una idea prácticamente perpetua de obtener una confesión del culpable o del “chivo expiatorio” que aceptaría haber sido el autor del delito.

Abordar el tema de las técnicas de entrevista e interrogatorio criminal, abre un panorama que no se limita a un conjunto específico de valores, sino que puede variar dependiendo del contexto en que se aplique. Es decir, no es una ley, o algo que sea invariable, sino que, requiere de la disección paulatina del entrevistador para obtener datos que lleven a poder descubrir la verdad de los hechos.

Y es preciso señalar las diferencias de estas dos figuras:

Interrogatorio: Es un proceso de comunicación obligada, con una disposición acusatoria, fundada en la ley (Código Nacional de Procedimientos Penales) autorizado y efectuado en presencia del juez de control o del tribunal de enjuiciamiento (atendiendo a la etapa procesal en que el interrogatorio tenga lugar), a efecto de obtener de la persona (imputada o procesada) la información sobre su participación en cualquiera de sus modalidades en el hecho delictivo que da origen a la carpeta de investigación.

Entrevista: A diferencia del anterior; este es un proceso de comunicación libre, por el que, a través de una conversación sin efectos acusatorios o inquisitorios, aplicado a una o varias personas, con el fin de obtener información que lleve al descubrimiento de datos y testimonios que permitan y robustezcan la investigación de un hecho delictivo de la manera más fehaciente posible.

La reforma constitucional del artículo 21, de fecha 31 de diciembre de 2024, amplifica las instancias que participan en la investigación criminal, integrando a la secretaría del ramo de seguridad pública del Ejecutivo Federal; manteniendo a la Guardia Nacional y a las policías (en el ámbito de sus competencias)

Por ello, siendo la entrevista, una facultad consagrada a las y los policías, en el artículo 132 del Código Nacional de Procedimientos Penales; es imperante que los agentes de estas instancias conozcan las técnicas que deben utilizarse, pero, sobre todo la habilidad para aplicarlas en los casos concretos.

A continuación, enumero algunas de las técnicas más comunes:

  1. Entrevista no estructurada: Permite que el entrevistado se exprese libremente. El entrevistador hace preguntas abiertas para facilitar la conversación y obtener detalles adicionales.
  2. Entrevista estructurada: Implica un conjunto de preguntas predefinidas. Se utiliza especialmente en situaciones en las que se necesita consistencia y comparación entre respuestas.
  3. Técnica de la entrevista cognitiva: Diseñada para mejorar la recuperación de recuerdos del entrevistado, busca llevarlo a la remembranza de eventos en orden, reproducir los pensamientos y sentimientos que tenían en el momento.
  4. Técnica REID: Un método de interrogatorio que se centra en observar el comportamiento no verbal del entrevistado. Incluye una fase de preparación y desarrollo de un “cambio” en la narrativa del delincuente.
  5. Empatía y rapport: Construir una relación de confianza con el entrevistado puede facilitar la comunicación y hacer que se sienta más cómodo al compartir información.
  6. Técnicas de confrontación: Involucran la confrontación cuidadosa del entrevistado, con evidencia o inconsistencias en su relato para obtener una reacción.
  7. Preguntas abiertas y cerradas: Las preguntas abiertas permiten respuestas más elaboradas, mientras que las preguntas cerradas pueden ser útiles para obtener información específica o confirmar datos.
  8. Técnicas de recuperación de memoria: Métodos que fomentan la recordación de información olvidada, como el uso de imágenes, testimonios de otras personas o contextos que pueden ayudar a recordar.

Es preciso decir, lo que hará efectiva una entrevista no es la técnica, sino la habilidad del entrevistador para aplicar dicha técnica. Y en definitiva, todos los entrevistadores, ya sean policías o funcionarios de la procuración e impartición de justicia deben (deberían) tener conocimientos sólidos de psicología criminal.

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