Única jueza en Latinoamérica y en México que obtuvo la primera y segunda Certificación Internacional en Neuroderecho. Así como, la Primera Certificación Internacional en NEUROCIENCIA en el abordaje de la violencia familiar y violencia contra la mujer, las niñas y las adolescentes. Otorgada por Naciones Unidas, UNITAR-CIFAL ARGENTINA, Fundación Luciérnaga, International Lawyers. Actualmente jueza federal en retiro.

Autora del libro “La Neurociencia aplicada al Derecho. Engranajes básicos”, editorial Clave Centro Ave, donde se encuentran mayormente desarrollados los términos de neurociencia analizados en este artículo.

LOS SESGOS COGNITIVOS COBRAN FACTURA AUSENCIA DEL VOTO CIUDADANO

Analicemos desde el ámbito de la Neurociencia qué sucedió con la reforma al Poder Judicial de la Federación y qué es lo que ocurrirá el 1 de junio de 2025, día en que se elegirán a las nuevas personas juzgadoras federales. Para entender el devenir de esos acontecimientos, es necesario hablar de los sesgos cognitivos o prejuicios cognitivos, que son los que nos llevan a creencias ilógicas e irracionales, y por lo tanto, a una captación de la realidad que no siempre es real. Nuestro cerebro responde a una necesidad evolutiva y de supervivencia, también llamada plasticidad cerebral. En su complejidad, el cerebro busca atajos mentales para adaptarse mejor al mundo. Incluso, en situaciones urgentes ha sido mucho más eficaz para el ser humano actuar rápidamente y tomar decisiones con rapidez que esperar a utilizar la razón y el análisis.

Los sesgos cognitivos son inconscientes, todos los tenemos, e influyen prácticamente en cada una de nuestras decisiones, están más presentes en nuestra vida diaria de lo que creemos. Luchar contra ellos no es fácil, precisamente porque muchas veces no somos conscientes de padecerlos. Los sesgos cognitivos son capaces de provocar una alteración del procesamiento de la información, generando en el escucha una distorsión o interpretación irracional o efecto psicológico erróneo de la percepción de la realidad. Este sesgo cognitivo, no es otra cosa más, que una interpretación errónea sistemática de la información disponible enviada al escucha y que ejerce influencia en la manera de procesar sus pensamientos, emitir juicios y tomar decisiones.

¿Pero, de qué forma influyeron estos sesgos cognitivos en la opacidad ciudadana, para lograr que se aprobara la reforma constitucional al Poder Judicial de la Federación? La razón que permitió la aprobación de una de las reformas más trascendentales para este país, sin advertir que ese cambio constitucional se convertiría en el debilitamiento y posterior destrucción de la división de poderes y funciones entre el Ejecutivo, Legislativo y Judicial, es haber creado un sesgo cognitivo de confirmación en el cerebro ciudadano, vinculado con el sesgo cognitivo de encuadre, y apoyado en la mentira como pilar fundamental. Antes de analizar estos aspectos, es necesario hacer un brevísimo recuento de algunos aspectos de la reforma.

En febrero de 2024, el entonces presidente de la República propuso 20 reformas, de las cuales 18 eran constitucionales y 2 sobre legislación secundaria. Una de esas reformas, fue aprobada el 15 de septiembre de 2024, y entró en vigor al día siguiente. Me refiero a la reforma al Poder Judicial de la Federación, que se sintetiza en la destitución masiva de las personas juzgadoras federales y el reemplazo de sus cargos (unos en 2025 y otros en 2027, conforme a un juego de azar llamado tómbola. A los nuevos aspirantes no se les exige experiencia alguna en el difícil arte de juzgar. No cuentan con carrera judicial. No se sabe cuál es su rango de conocimientos técnicos en las distintas especialidades de la judicatura federal y en la administración de un juzgado o tribunal. Tampoco se sabe a ciencia cierta, si cuentan con virtudes judiciales. Se desconoce, si manejan correctamente sus emociones frente a las partes, las víctimas, los justiciables, los restantes operadores jurídicos y su propio personal, requisitos mínimos indispensables para impartir una justicia imparcial y de excelencia a nivel federal. Nótese que al hablar de la judicatura federal no nos referimos a la policía, al ministerio público, ni a las y los juzgadores del orden común en cada uno de los estados de la República, quienes conocen de los procedimientos cotidianos que padece cualquier ciudadano.

Esta reforma constitucional, solo exige a los aspirantes para ocupar el puesto de juez o jueza, magistrada o magistrado federal, que presenten el título de licenciado en Derecho, cinco cartas de recomendación de familiares y amigos, y una exposición de motivos, respecto de su aspiración para desempeñar el cargo. En esta reforma, se otorga al Senado, concretamente a su presidente, un poder ilimitado para determinar quién será la persona que ocupará esos cargos, lo que se afirma, ya que no hubo transparencia durante toda la implementación hasta llegar incluso a la presente fecha, en que están próximas a imprimirse las boletas electorales, con los nombres de los aspirantes. Nunca se ha cumplido con la literalidad de la reforma, por el contrario, se cambiaron constantemente las reglas establecidas en ese texto constitucional reformado. Se ampliaron los presupuestos para lograr la elección al antojo del Senado, y ante la opacidad ciudadana. Además, se dijo públicamente, desde la cúpula de los poderes Ejecutivo, y legislativo, que no cumplirían las diversas suspensiones de amparo, que ordenaban la paralización de la reforma y la contienda electoral, y nuevamente ante la opacidad de la ciudadanía.

Por tanto, la elección sigue programada para el 1° de junio, en el que se elegirán a quienes ocuparán las plazas de las y los juzgadores federales, solo para el 2025. Previo a ello, en los meses de abril y mayo de este año (60 días naturales), los aspirantes harán campaña para promover su popularidad, dado que no habrá exámenes de conocimiento, no podrán ser calificados con los requisitos mínimos indispensables para desempeñar el cargo, como se hacía desde 1994. Se excluye de ello, las personas juzgadoras en funciones, quienes fueron designados mediante carrera judicial, esto es, por rigurosos exámenes. Personas quienes por diversas razones, deciden olvidarse de esa calificación, para aceptar ser sometidos a la elección por popularidad, y así continuar en el encargo o bien ascender a otro más alto, como es, ser magistradas o magistrados federales (en este artículo no hablaremos de las y los ministros, del tribunal de disciplina ni del órgano de administración, porque para ello se requiere de artículos por separado). Las campañas electorales, tampoco cuentan con controles para revisar los gastos de inversión y procedencia de los recursos. Aunque se dice que habrá observadores, no hay claridad de quiénes serán y cuáles son los requisitos de impugnación ni su procedimiento. Pese a todas estas falencias, se continúa con la implementación de la reforma, ya que, en realidad, poco importa elegir a quienes impartirán justicia, la simple lógica y falta de transparencia así lo demuestran con absoluta claridad.

Cada vez se evidencia con mayor nitidez, que la finalidad de la reforma, es desaparecer a la única autoridad capaz de limitar y controlar el equilibrio de poderes, y para lograrlo hay que exterminar al Poder Judicial de la Federación, único poder encargado de garantizar el equilibrio del poder público, y que éste se ejerza en forma autónoma e independientemente por cada uno de los poderes de la Unión, evitando que alguno de ellos se coloque por encima de otro o bien que uno solo, ejerza dos o más de esos poderes. Lo que hace, mediante las acciones de inconstitucionalidad, las controversias constitucionales (antes de la reforma sobre supremacía constitucional), y desde luego, también el juicio de amparo (antes de sus reformas del 14 de junio de 2024 y 13 de marzo de 2025, publicadas en el Diario Oficial de la Federación). Pese a todo lo anterior, la implementación de la reforma sigue avanzando.

Por su parte el Instituto Nacional Electoral (INE), ha expresado todas las falencias de esta elección. Ha destacado que no hay condiciones que garanticen una contienda legal (aspecto económico, humano, y de transparencia). Incluso, se destaca que el propio INE cambió los circuitos judiciales por el de distritos electorales, para igualar las elecciones de los demás poderes, pero al hacerlo inadvirtió que los circuitos judiciales son la forma en la que se contrala la impartición de justicia federal y que no es equivalente a un distrito electoral. Al hacerlo, impedirá también, que diversos ciudadanos, además de la complejidad que representa comprender y llenar las boletas electorales poniendo el número de aspirante elegido (el electorado tardaría varios días para que verdaderamente analice los perfiles de los aspirantes), tampoco dichos ciudadanos podrán votar debido a ese cambio, porque la ubicación territorial no coincide con el circuito judicial. Aunado a ello, el INE ante la complacencia del propio Senado y del Ejecutivo, anunció que, en esta elección, por primera vez, no se contarán los votos del electorado en la propia casilla, ante la complejidad de hacer el recuento y anuncio previo de quien ganó la elección. Tampoco se permitirá cancelar las boletas no utilizadas en las casillas el día de la elección. Ante la falta de personal electoral, una vez que se cierre el horario de votación, serán sellados los paquetes electorales, para ser trasladadas al INE, autoridad que posteriormente hará el recuento de votos y publicación de los resultados. Estas anomalías, destruyen por completo la integridad electoral, y por ende la credibilidad de la contienda, elevando con ello la alta sospecha de un fraude electoral, y todo ello, ante la opacidad de la ciudadanía.

Aun así, ante estas circunstancias anómalas, corresponderá al INE efectuar los cómputos de la elección, publicar los resultados, entregar las constancias de mayoría a quienes obtengan el mayor número de votos (nada se dice del voto mínimo), declarará la validez de la elección, enviará los resultados a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), de quienes no se puede olvidar, que esta reforma constitucional, les otorgó como premio a su lealtad, continuar en su puesto hasta el año 2033, es decir, no serán sustituidos ni en 2025 ni en el 2027, como sí lo serán sus homólogos integrantes del Poder Judicial Federal. Corresponderá también al TEPJF resolver las impugnaciones, y lo deberán hacer a más tardar el 28 de agosto de 2025, es decir, que a partir de que inicia la jornada electoral el 1° de junio de 2025 y hasta el 28 de agosto del mismo año, únicamente contarán con 88 días naturales para resolver las impugnaciones que se susciten.

Así, el 1° de septiembre de 2025, las personas que resulten vencedoras tomarán protesta del encargo ante el Senado de la República, dando el mensaje de quien se convierte desde ahora en su patrón e igualando la forma de protesta para los ministros, cuya designación obedece a intereses políticos y no jurídicos. Luego, será hasta el 15 de septiembre de 2025 que el Órgano de Administración Judicial adscribirá a las personas electas, lo que se traduce en que 15 días no habrá personas juzgadoras en este país. Se destaca que el Senado, al hacer modificaciones a su antojo junto con el INE, y bajo la complacencia del primero de ellos, se incumple flagrantemente el artículo Décimo Primero transitorio de la reforma, que establece que su aplicación es a la literalidad y se impiden las interpretaciones análogas o extensivas que pretendan inaplicar, suspender, modificar o hacer desaparecer los términos de la reforma y su vigencia, ya sea de manera total o parcial. En efecto, tal prohibición constitucional la han incumplido sistemáticamente dichas autoridades e incluso han modificado los alcances del texto constitucional, aplicando conforme a sus propios sesgos, la semejanza o analogía de lo que en su concepto se puede o no hacer de cada apartado, incluso, se han extendido en esa interpretación a situaciones no previstas, creando en su ánimo interpretativo sin freno, una nueva norma constitucional, con graves consecuencias para el país.

Ahora bien, para entender porque la ciudadanía no se preguntó el porqué del cambio radical. Cómo es que esto podría cambiar mágicamente la justicia misma. Tampoco se cuestionó si este anunciado cambio constitucional, afecta o no la independencia judicial e inadvirtió que el propio gobierno propició un cambio de régimen de gobierno, para desaparecer el equilibrio de poderes, y todo ello, bajo el sostén de la mentira y desde el pilar de la legalidad -es a lo que se le llama golpe de estado técnico-. Para comprender a cabalidad lo sucedido, es necesario analizar dos circunstancias: La primera, se refiere a la forma en la que se presentó la información al escucha, es decir, se desprestigió sin sustento el actuar de los integrantes del Poder Judicial de la Federación y para ello, se utilizó toda la fuerza del Estado, mediante el mensaje matutino y reiterado todo el sexenio anterior y se continúa en éste. Esa información, se difundió por diversos medios de comunicación oral y escrito, en el que se afirmó de manera sesgada que, todo lo que ocurría en el país, la inseguridad, la tardanza en la justicia, la injusticia social y jurídica, la corrupción, era responsabilidad del Poder Judicial Federal. Esto es, mediante la mentira se jugó con la esperanza del escucha y sus necesidades. Esta diatriba crecía día con día, y pese a que no estaba soportada por ningún diagnóstico, y tampoco se contaba con estudios serios de investigación que confirmaran su dicho, se continuó afirmando que todos los males que aquejan este país eran atribuibles únicamente al Poder Judicial Federal. Hoy ha quedado acreditado que esas afirmaciones eran falsas, incluso, el propio gobierno federal, el 16 de noviembre de 2024 lo admitió públicamente, al reconocer de viva voz, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en la primera reunión temática para México, en Washington, relacionado con la reforma al Poder Judicial de la Federación, que para llevar a cabo esa reforma constitucional publicada el 15 de septiembre de 2024, no existió diagnostico alguno, ni tampoco tuvo ningún soporte de investigación para dicha propuesta y aprobación de reforma. Luego, con el paso del tiempo, se han realizado diversas publicaciones por innumerables actores públicos y privados, nacionales e internacionales, que confirman la falsedad de las afirmaciones gubernamentales en contra del Poder Judicial Federal.

En segundo lugar, esa afirmación falsa, cobró esperanza con la falsa promesa de que los aspirantes a los cargos federales serían electos por el “pueblo”, lo que en automático purgarían los vicios de la vieja elección por exámenes y carrera judicial, y con ello, evitaría los altos índices de corrupción en la judicatura federal. Pero, esa información no solo resultó falsa, sino que, además, no es el pueblo o los ciudadanos de a pie, quienes elegirán los mejores perfiles para ocupar dichos cargos federales. Primero, porque ¿cómo podría la población mexicana elegir a la mejor persona juzgadora federal, si el grueso de la población desconoce quién es el Poder Judicial de la Federación? Normalmente se suele confundir al Poder Judicial con la policía o los ministerios públicos. La ciudadanía tampoco sabe qué servicio proporciona el Poder Judicial Federal o que asuntos conoce, ya que se confunden sus resoluciones con aquellas que son mediáticas y que normalmente son competencia de los jueces o magistrados locales. También sale del entendimiento del grueso de la población, porqué es necesario que las personas juzgadoras federales, tengan que ser independientes, además de contar con amplia experiencia en las diferentes especialidades jurídicas que conoce la judicatura federal. De igual forma, se desconoce que las personas juzgadoras federales de carrera judicial son quienes constituyen la última instancia jurisdiccional para restituir los derechos violados, para proteger los Derechos Humanos de las personas, y para evitar el abuso del poder. Eso solo lo saben, quiénes han hecho uso del servicio federal, ya que ante los más de 135 millones de personas que conforman la República Mexicana, son mínimos los que acuden a pedir amparo ante la justicia federal. Entiéndase bien, que esto se debe a que el grueso de los asuntos judiciales no llega al conocimiento federal, porque normalmente se queda en sede ministerial o bien en los procedimientos locales o quizá porque nunca son judicializados por el ministerio público, entre otros múltiples factores.

Tampoco es verdad que los cargos de la judicatura federal serán electos por el pueblo, porque en realidad solo correspondió al Senado y al Ejecutivo proponer a los candidatos, aparentemente los mejores perfiles; sin embargo, no hubo transparencia que así lo justifique. Además, se anuló la voluntad del Poder Judicial de la Federación, y fue el Senado quien asumió esa función a pesar de carecer de competencia constitucional para ello. Lo que se traduce en la desaparición de facto de uno de los poderes de la Unión.

Así, el termómetro para ir cambiando sistemáticamente los términos de la reforma, con amplia libertad y sin reclamo, se debió en gran medida a la pasividad de la ciudadanía, y por lo tanto fue en escalada. Podemos decir, que esta ciudadanía actúo bajo el sesgo de confirmación, al dar por válida la información gubernamental y por tanto, culpar al Poder Judicial Federal de todo lo malo que le ocurría al país, y con ello justificar su exterminio. En efecto, este sesgo cognitivo de confirmación consiste en dar por válidos aquellos hechos o datos que se corresponden o que respaldan una opinión sobre algo en concreto, negando aquellos otros que no lo son. Este sesgo de confirmación es la consecuencia de un pensamiento selectivo, de una interpretación subjetiva de lo que sucede. Las personas solo leen lo que confirma su propia opinión. Este sesgo es un error sistemático del razonamiento inductivo. Este proceso mental se caracteriza por la tendencia del escucha, quien tiende a filtrar la información que recibe. De forma inconsciente busca y sobrevalora las pruebas y argumentos que confirman su propia posición inicial e ignora y no valora las pruebas y argumentos que no respaldan su idea. Este sesgo constituye una tendencia irracional a buscar, interpretar y recordar información de una manera tal, que confirme la concepción inicial.

Este sesgo, se vinculó primordialmente con el sesgo cognitivo de encuadre, que también es bastante habitual, y consiste en establecer conclusiones en virtud de cómo se presenta la información. Unos mismos datos pueden llevarte a pensar una cosa y otra, en función de cómo te sea trasmitido. Este sesgo es muy utilizado en la política y en los medios de comunicación, para influir en la opinión pública. Estos sesgos cognitivos cobran mayor fuerza en el cerebro del escucha, cuando en la difusión de la información se utiliza la mentira como pilar de la información.

El tema de la mentira amerita hacer un alto, para comprender como trabaja el cerebro humano en este aspecto. La mentira tiene que ver con aprendizaje. Nunca se deja de aprender, y eso se debe a la plasticidad del cerebro. Las redes neuronales que mienten son las mismas que se involucran en conductas antisociales y pueden generar adicciones. El cerebro de una persona que miente pasa por un proceso de auto entrenamiento donde acaba prescindiendo de toda emoción o sentimiento de culpa. La persona que miente necesita dos cosas: memoria y frialdad emocional, así lo sostiene el catedrático de psicología Dan Ariely en uno de los libros más completos sobre el cerebro de un mentiroso: “Por qué mentimos en especial a nosotros mismos: la ciencia del engaño”.

El cerebro de una persona que miente se conforma a raíz de un conjunto de motivaciones oscuras; es decir, que tras esa persona que opta por hacer de la mentira su forma de vida, hay una serie de fines muy concretos: deseo de poder, de estatus, de dominación, y de interés personal. Cada vez que la persona miente, el cerebro se hace insensible a las emociones negativas que genera la falta de sinceridad. La repetición de esta conducta anima a engañar más aún en el futuro. La amígdala cerebral está asociada con la emoción, y se activaba cuando la persona miente para lograr un beneficio. La respuesta de la amígdala a la mentira disminuye con cada engaño, mientras que la magnitud de las mentiras se intensifica.

Este engaño al cerebro, obtenido por esa información falsa o imprecisa repetida todos los días, con la firme intención de cambiar la percepción del escucha, se intensificó mediante el aprendizaje o también llamado en psicología priming asociativo enmascarado. En este aprendizaje, solo se proporciona al escucha ciertos elementos sesgados, sin contar con ningún elemento adicional que le permita realizar un balance, para que, llegado el momento, responda cuando se le cuestione sobre la información recibida. Solo se busca que la respuesta sea blanco o negro, para que así, el cerebro responda en esa dirección, esto es, las respuestas cerebrales emitidas mediante el lenguaje no aceptan el tono gris y tampoco se pueden usar ambas opciones (blanco y negro) para emitir una respuesta más integral. Este priming asociativo enmascarado incrementa su peligrosidad cuando se brinda al escucha información falsa, se exagera la información o ésta no puede comprobarse válidamente, pues ello logra crear en el cerebro una imagen asociativa de lo que se le informó, es decir, sigue atendiendo a la forma en la que se le presenta la información. Así, el priming asociativo enmascarado, fue puesto en el escucha, desde el año 2018, en el sentido de que “toda la inseguridad del país era responsabilidad del Poder Judicial de la Federación, que la justicia federal era corrupta, que las personas juzgadoras tenían privilegios, que resolvían en favor de élites, y que la justicia era lenta”. Afirmaciones que a la fecha siguen sin comprobarse, pero que lograron permear en el ánimo de las personas para que su cerebro tomara un atajo mental, basados en esa concepción errónea de la realidad, para que aceptaran como válida la propuesta de la destitución masiva de las personas juzgadoras federales, como solución a todos los males que aquejan este país.

A partir del sesgo ciudadano, su cerebro tomó un atajo que le impedía cuestionarse y comprender los graves alcances de designar a personas electas por popularidad, con amplias  sospechas de carecer de independencia judicial (pilar fundamental de la división de poderes), no solo porque esos perfiles fueron determinados únicamente por dos de los Poderes de la Unión (Poder Ejecutivo y Legislativo), de quienes llegado el momento serán calificados en su actuar por las y los nuevos juzgadores, quienes además, estarán supeditados a que sean reelectos, luego de que excepcionalmente cumplan con el encargo de 8 años en la función, hasta la celebración de las elecciones federales intermedias de 2033, lo anterior, para hacerlo compatible con los calendarios electorales ordinarios, evitando el desfase y manteniendo su renovación escalonada y sobre todo porque esas personas juzgadoras, en todo momento, estarán bajo la lupa y el grillete que representa el Tribunal de Disciplina, quien vigilará que las resoluciones que emitan, no sean contrarias a los poderes de la Unión, al ser éstos, quienes precisamente fueron los que dieron el sí, para que formaran parte de las boletas electorales, lo que desde luego, pone en tela de duda su independencia judicial.

Ahora, cabe precisar que todos los sesgos cognitivos a la larga, cobran factura, y en estas elecciones de personas juzgadoras no será la excepción. Los ciudadanos el 1 de junio de 2025 NO ACUDIRÁN A VOTAR, porque conforme al sesgo cognitivo de confirmación y de encuadre, los hace pensar que ya no es necesaria su asistencia, ya que desde el momento mismo de la impresión de las boletas electorales han quedado solucionados los graves problemas de justicia. Todos los perfiles son idóneos, entonces, es intrascendente su presencia. La promesa se ha cumplido, y el resultado será una justicia nueva sin errores, sin tardanza, sin corrupción, en una palabra, una justicia perfecta. En contraposición a ello, el gobierno sabe que el resultado será “la falta de asistencia ciudadana a la votación” y con ello, el reconocimiento de un fracaso electoral, por eso desde ahora, se fragua el mayor fraude de la historia de México, en el que no habrá transparencia alguna. Se violará toda integridad electoral, ya que se ha dado la orden para:

  1. No anular las boletas que no se ocupen por los electores en las casillas, el día de la votación, ante la falta de asistencia.
  2. No se contarán los votos ciudadanos en la propia casilla.
  3. No se publicarán en las casillas al finalizar la contienda electoral, los resultados previos.
  4. No se anotará en cada paquete electoral el resultado al salir de la casilla.
  5. No habrá ningún control en las casillas, ante la insuficiencia de personal capacitado.
  6. Habrá menos casillas ante la falta de presupuesto.
  7. No habrá observadores ajenos al gobierno y donde los haya, no tendrán libre margen de actuación.
  8. Los votos se contarán en el INE, días posteriores a la elección.
  9. El resultado será publicado, pero no habrá transparencia del recuento de los votos.
  10. No existe transparencia en ninguno de los momentos de la contienda electoral.

En una palabra, es un circo de tres pistas, en el que el actor, el público, y el crítico, recae en la misma persona. En este circo, no se aplaude, pues todos pierden y nadie gana, pero, eso poco importa, ya que quienes motivaron, alentaron y propiciaron este engaño, logran su cometido: exterminar al Poder Judicial de la Federación autónomo, independiente y único contrapeso de las decisiones gubernamentales arbitrarias. Solo que, al hacerlo se olvidan que el sesgo cognitivo no dura para siempre, y que serán los resultados de las y los nuevos juzgadores federales (si es que se llega a esta etapa), quienes pondrán en evidencia el error en el que permanecieron los ciudadanos.

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