Rosa Isabel Monroy Hernández

Maestra en Derecho por la Universidad Autónoma de Tlaxcala.

Los Tribunales Agrarios surgieron como consecuencia directa de la reforma constitucional al artículo 27 de 1992 y de la expedición de la Ley Agraria y la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, ambas publicadas el 26 de febrero de 1992. Su creación representó un cambio histórico en la justicia agraria mexicana, porque sustituyeron el modelo predominantemente administrativo que ejercía el Poder Ejecutivo Federal —a través de la entonces Secretaría de la Reforma Agraria— por órganos jurisdiccionales especializados, autónomos y con plena jurisdicción para resolver conflictos sobre propiedad social, ejidos y comunidades.

El Tribunal Superior Agrario inició formalmente funciones el 8 de julio de 1992 junto con 32 Tribunales Unitarios Agrarios distribuidos en el país. Ese fue el número inicial con el que comenzó el nuevo sistema de justicia agraria.

La experiencia institucional de los Tribunales Agrarios desde 1992 puede dividirse en varias etapas:

  1. Etapa de instauración (1992-1995).

Los tribunales recibieron miles de expedientes provenientes de la Secretaría de la Reforma Agraria y comenzaron a construir criterios jurisdiccionales propios. Durante estos primeros años se consolidó la oralidad, la conciliación agraria y la suplencia de la deficiencia de la queja en favor de ejidos y comunidades. Se puede decir que la justicia agraria en México fue pionera en el principio de oralidad y conciliación, buscando apoyar a los más desprotegidos, actuando siempre en busca de la justicia y del Derecho Social.

  1. Etapa de expansión y consolidación (1995-2018).

Debido al incremento de litigios agrarios relacionados con conflictos por límites, nulidades de asambleas y documentos, sucesiones agrarias, restitución y conflictos comunitarios e individuales, el número de tribunales fue creciendo gradualmente. El propio Tribunal Superior Agrario fue creando así nuevos distritos y sedes conforme aumentaba la carga jurisdiccional en cada estado y según las necesidades.

  1. Etapa de máxima expansión.

El número máximo alcanzado fue de 56 Tribunales Unitarios Agrarios, 54 Unitarios y 3 sedes alternas, distribuidos en diversos distritos agrarios del país. Esta cifra aparece en informes institucionales y estudios especializados sobre la justicia agraria mexicana.

  1. Etapa reciente de redistritación y reorganización (2019-2026).

Desafortunadamente, en los últimos años el sistema ha experimentado ajustes territoriales y administrativos derivados de políticas de austeridad, digitalización y redistribución de cargas de trabajo. Documentos recientes del propio Tribunal Superior Agrario señalan que actualmente existen únicamente 50 distritos, aunque institucionalmente continúa hablándose de quizás otro gran recorte y cierre de posiblemente 7 tribunales más, dependiendo de la reorganización territorial y funcional vigente.

En términos de experiencia jurisdiccional, los Tribunales Agrarios han sido fundamentales para:

  • Judicializar los conflictos agrarios;
  • Profesionalizar la justicia social agraria;
  • Generar jurisprudencia especializada;
  • Proteger derechos de ejidos y comunidades;
  • Atender conflictos indígenas y comunales;
  • Resolver controversias sobre propiedad social derivadas de la reforma de 1992.

Además, se han resuelto más de un millón de asuntos agrarios desde su creación, convirtiéndose en una de las jurisdicciones especializadas más importantes del país en materia de propiedad social.

No se debe perder de vista que los Tribunales Agrarios son importantes porque constituyen el principal mecanismo de protección jurídica de la propiedad social en México, especialmente de los ejidos y comunidades agrarias reconocidos por el artículo 27 constitucional. Su relevancia aumentó a partir de la reforma agraria de 1992, ya que antes muchos conflictos agrarios eran resueltos por autoridades administrativas dependientes del Poder Ejecutivo, lo que generaba lentitud, discrecionalidad y sobre todo falta de seguridad jurídica. Con la creación de los Tribunales Agrarios se instauró una verdadera jurisdicción especializada encargada de impartir justicia agraria de manera autónoma y técnica.

Una de sus principales funciones es garantizar la paz social en el campo mexicano. México posee millones de hectáreas sujetas al régimen ejidal y comunal, por lo que los conflictos relacionados con tierra social pueden afectar directamente la estabilidad de comunidades enteras. Los Tribunales Agrarios permiten resolver estos conflictos mediante procedimientos especializados, conciliación y sentencias con fuerza legal.

De ahí que los Tribunales Agrarios representan una de las expresiones más importantes de la justicia social mexicana derivada de la Revolución Mexicana, porque mantienen vigente la tutela jurídica de la propiedad social, la cual continúa siendo una de las bases económicas, culturales y territoriales del país. Desafortunadamente lo que estamos viviendo en la actualidad es en detrimento de la justicia agraria, pues la falta de recursos económicos, materiales y humanos, permea en la desaparición de ese avance que se había logrado hasta el día de hoy en materia agraria.

Tal parece que lejos de buscar alcanzar los objetivos que se señalaron con la creación de estos órganos de impartición de justicia, que se consideraba, iban creciendo para llegar a los más necesitados, logrando evitarles gastos innecesarios en traslados, tiempos de espera en juicios largos y rígidos. Con los cambios que se han dado en los últimos años, tal parece que lo que se pretende es acabar con el derecho social y la protección de la una verdadera impartición de justicia agraria que se encuentre realmente al alcance de quienes en verdad lo necesitan.

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