Perspectiva de género: de lo que dice la ley a cómo miramos la realidad y aplicamos el Derecho

Vero Bonilla

Abogada corporativa, empresaria y fundadora de Emprende Mujer

Perspectiva de género es, para mí, aprender a mirar antes de decidir. Es preguntarnos, de manera consciente, si una misma regla, una misma oportunidad o una misma decisión impacta realmente igual a una mujer que a un hombre. No significa favorecer a las mujeres por serlo, ni sustituir una desigualdad por otra. Significa reconocer algo que el Derecho ha ido incorporando con mayor claridad: una regla aparentemente neutral puede producir efectos distintos cuando las condiciones de partida también son distintas.

México cuenta hoy con un marco jurídico que reconoce la igualdad sustantiva y define la perspectiva de género como una metodología para identificar, cuestionar y valorar la discriminación, la desigualdad y la exclusión de las mujeres. La Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, reformada en enero de 2026, forma parte de ese andamiaje. Pero, después de años ejerciendo como abogada y acompañando empresas, estoy convencida de que el verdadero reto comienza donde termina la lectura de la ley: en la manera en que somos capaces de llevarla a nuestras decisiones cotidianas.

Porque una empresa puede afirmar que trata igual a todas las personas y, aun así, conservar prácticas que producen resultados diferentes. Puede tener una política de no discriminación y mantener procesos de contratación, promoción o desarrollo profesional que nunca han sido revisados desde esta mirada. Ahí es donde la perspectiva de género deja de ser un concepto y se convierte en una herramienta de decisión empresarial. La pregunta no es únicamente “¿cumplo con la ley?”, sino también “¿estoy viendo aquello que mi forma habitual de decidir me impide ver?”.

Esta reflexión tiene además una dimensión práctica. La Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación, actualmente vigente y de adopción voluntaria, lleva esta materia a procesos verificables dentro de los centros de trabajo: reclutamiento, selección, movilidad, capacitación, igualdad salarial, prevención de violencia laboral y corresponsabilidad entre la vida laboral, familiar y personal. Es una muestra de algo que considero fundamental: la igualdad deja de ser discurso cuando entra en los procesos mediante los cuales una organización toma decisiones.

Lo he visto también desde otra posición: acompañando a mujeres emprendedoras y empresarias. Durante años se ha hablado de “empoderar a las mujeres”. Yo prefiero otra idea. Toda mujer es poderosa. No necesita que alguien le otorgue poder; muchas veces necesita condiciones, conocimiento y estructura para poder ejercerlo. Una emprendedora puede tener talento y visión, pero también necesita herramientas para constituir correctamente su empresa, proteger su patrimonio, negociar contratos, entender sus derechos y obligaciones, acceder a espacios de decisión y construir redes que amplíen sus oportunidades. Para mí, esa también es una forma concreta de trabajar la perspectiva de género.

Esta experiencia me ha hecho conectar dos mundos que aparentemente son distintos: la prevención jurídica empresarial y la perspectiva de género. Como abogada corporativa, mi trabajo consiste en identificar riesgos antes de que se conviertan en contingencias. Aplicar perspectiva de género exige algo semejante: mirar antes de decidir, cuestionar aquello que hemos normalizado y detectar si una estructura aparentemente neutral está generando consecuencias que nunca nos propusimos producir. No se trata de asumir que toda diferencia es discriminación. Una mirada seria exige contexto, hechos y evidencia; precisamente por eso resulta compatible con el rigor jurídico.

También debemos evitar convertir la perspectiva de género en una consigna. Si partimos de que todas las mujeres viven la misma realidad, dejamos de mirar. Si suponemos que cualquier resultado desigual necesariamente deriva de discriminación, dejamos de analizar. Y si pensamos que incorporar esta perspectiva significa renunciar al mérito, construimos una falsa oposición. El objetivo no es sustituir criterios empresariales, sino enriquecerlos con información que antes podía quedar fuera de la decisión.

Después de trabajar con empresas, emprendedoras y organizaciones de mujeres, mi conclusión es que el avance no puede medirse solamente por cuántas mujeres logran entrar a determinados espacios. También debemos observar bajo qué condiciones pueden permanecer, crecer, decidir y liderar dentro de ellos. Ahí es donde la ley encuentra a la realidad.

La perspectiva de género no termina cuando conocemos la norma; empieza cuando aprendemos a mirar con ella. La ley establece derechos, obligaciones y principios. Nosotros, desde las empresas, las organizaciones y los espacios de liderazgo, decidimos todos los días cómo convertirlos en realidad. Y quizá ése sea el cambio más profundo: comprender que mirar distinto no significa decidir a favor de alguien, sino decidir con una visión más completa de aquello que tenemos frente a nosotros.

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